El ministro del Interior, Armando Benedetti, reveló el martes 17 de junio que el Gobierno planea solicitar sesiones extraordinarias en el Congreso con el objetivo de que la Cámara de Representantes corrija los errores procesales detectados por la Corte Constitucional en el desarrollo de la reforma pensional.
Decisión judicial devuelve iniciativa al Legislativo
La Corte Constitucional, a través del Auto 841 de 2025 con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, devolvió la Ley 2381 de 2024 al Legislativo. La norma, conocida como Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, deberá ser sometida nuevamente a discusión y votación en la Cámara de Representantes.
Según el fallo, se requiere que se retome la proposición sustitutiva presentada por los congresistas María del Mar Pizarro y Cristóbal Caicedo durante la sesión del 14 de junio de 2024. Esta buscaba adoptar el texto aprobado por el Senado y publicado en la Gaceta del Congreso 497 de 2024.
Plazo y procedimiento definidos
El alto tribunal estableció un límite de 30 días hábiles, contados desde la notificación oficial, para que se realice este trámite legislativo. El plazo solo opera durante sesiones ordinarias, aunque se contempla la posibilidad de sesiones extraordinarias.
El auto de la Corte Constitucional también ordena que el presidente de la Cámara rinda un informe sobre el cumplimiento de esta decisión y envíe copia de las actas correspondientes.
“RENDIR informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la presente providencia y REMITA copia de las respectivas actas de Plenaria, para que la Corte Constitucional se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024”, señala el auto de la Corte.
Efectos legales y próximos pasos
La entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 permanece suspendida hasta que la Sala Plena de la Corte Constitucional emita su veredicto final sobre su constitucionalidad. Por lo tanto, la reforma pensional no entrará en aplicación el 1 de julio. Solo continuarán vigentes los artículos 12 (con su parágrafo transitorio) y el artículo 76 de la mencionada ley.
Benedetti, desde el Capitolio Nacional donde se analiza paralelamente la reforma laboral, expresó:
“Es importante que no se haya, discúlpeme el término, hundido la reforma pensional en la Corte Constitucional, que la hayan enviado de nuevo a la Cámara para que se discuta más, o sea, haya más debates”.
El funcionario agregó:
“Por lo tanto, el presidente de la República, a través del ministerio, se convocará a extras a la Cámara para que se discuta y se dé el respectivo debate para que sea ley de la República, porque debe empezar a partir del primero de julio. Ya mismo el ministerio está trabajando en eso”.