El Consejo General del INE anuló la designación de 33 candidatos ganadores a magistraturas de circuito al no alcanzar el promedio mínimo exigido por la Constitución. El triunfo será otorgado al siguiente contendiente con mayor puntuación obtenida.
Revisión de calificaciones y requisitos legales
La decisión fue tomada por unanimidad, destacando que el puntaje académico requerido no fue alcanzado por los 33 aspirantes. Según se establece en la Constitución, se exige un promedio mínimo de 8 en licenciatura o de 9 en materias vinculadas a la especialidad correspondiente.
La consejera Carla Humphrey enfatizó que no se permite realizar ajustes matemáticos en las calificaciones, ya que este criterio no corresponde a normas universitarias ni a estándares aceptados.
“Algo que en definitiva no puedo acompañar, es la propuesta que se nos hace de modificar el requisito de tener 8 en la licenciatura, sí, es un requisito establecido en la Constitución, me parece absurdo que sea la Constitución, pero así está establecido y es vigente”, dijo.
El consejero Uuc-kib Espadas puntualizó que no se pueden aplicar interpretaciones que alteren cifras, como elevar de 7.9 a 8.0, dado que la normativa define límites claros.
“Me parece de una enorme soltura para inventar hechos inexistentes. No son criterios de las universidades y muchísimo menos son criterios aritméticos ampliamente aceptados”, aseveró.
“Pero 8 es 8 y 7.9 como 7.999 están por debajo de 8 y no se puede redondear, exactamente igual que no se pueden redondear las mayorías calificadas en las Cámaras, ni en la de Diputados ni en la de Senadores ni en las locales, o sea, no estamos en una negociación de calificaciones, no estamos en un acuerdo convencional, los números son lo que son. Y si la ley pone un límite, límite es ése”, expuso ante el pleno.
Irregularidades en evaluación y desigualdad de género
La consejera Dania Ravel señaló que los comités encargados de revisar las calificaciones no realizaron su labor de manera adecuada, dejando de verificar cumplimiento de promedios constitucionales.
“No está haciendo esta revisión de forma adecuada; ha manifestado que existen varios casos en donde no se tiene todavía la constancia de que efectivamente se haya cumplido con el promedio que exige la Constitución y, aun así, se están dando por válidos. Entonces, me parece que incluso la revisión es poco eficaz”, dijo.
En otro tema, las consejeras Claudia Zavala y Dania Ravel propusieron declarar vacantes cargos donde no se logró la paridad de género, debido a la ausencia de candidaturas femeninas. La propuesta fue rechazada por 6 votos.
Zavala explicó que la desigualdad se presenta en ciertos circuitos judiciales por no haberse asegurado representación equitativa en la postulación.
“Y me preguntarán de dónde les traigo yo una propuesta en la que el criterio fundamental que la sostiene es que ningún cargo que le corresponda a una mujer por derecho puede ser ocupado por un hombre”, manifestó.
Ravel criticó que se otorguen puestos originalmente destinados a mujeres a hombres, considerando que esto retrotrae discursos previos donde se justificaba la falta de participación femenina.
“La consejera Ravel consideró que asignar a hombres en espacios que estaban originalmente destinados y pensados para ser ocupados por mujeres ‘nos regresa un discurso que teníamos por lo menos hace 10 años, si no es que más, cuando el argumento era que no había mujeres en los puestos de elección popular porque las mujeres simplemente no querían participar y estaban los hombres que eran los que sí querían participar’”.
Asimismo, se ratificó la validez de la elección para los Tribunales Colegiados de Circuito, cubriendo un total de 462 cargos, junto con la sumatoria de votos obtenidos.