Normativa constitucional define criterios claros
El Instituto Nacional Electoral (INE) reafirmó que la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe asignarse conforme a los resultados electorales, otorgando el cargo a quien logre la mayor cantidad de votos en la elección realizada el domingo 31 de mayo de 2025. Esta postura se fundamenta en el artículo 94 de la Constitución Política, modificado mediante la reforma judicial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024.
Resultados preliminares confirman liderazgo de Hugo Aguilar Ortiz
De acuerdo con los datos oficiales registrados a las 11:00 horas del 3 de junio, el abogado oaxaqueño Hugo Aguilar Ortiz lidera la votación con 5.1 millones de sufragios. Le siguen en orden las ministras Lenia Batres (4.8 millones), Yasmín Esquivel (4.3 millones) y Loretta Ortiz (4.1 millones), según los Cómputos Distritales Judiciales 2025.
Claridad institucional ante declaraciones presidenciales
La presidenta Claudia Sheinbaum generó controversia al sugerir durante su conferencia de prensa matutina que el INE debía considerar criterios de paridad de género para determinar la titularidad de la Corte. Horas más tarde, Guadalupe Taddei, consejera presidenta del INE, aclaró que “el Artículo 94 de la Constitución es muy claro” al establecer que la presidencia corresponde a quien obtenga la mayor votación, sin aplicar mecanismos de paridad o alternancia de género en este caso específico.
Interpretaciones jurídicas coinciden
Expertos en derecho electoral y constitucional como Arturo Espinosa y Leonardo Zúñiga coincidieron en que “el artículo 94, párrafo tercero de la Constitución, dice explícitamente que el único criterio para designar a la presidencia es el número de votos. No habla de paridad ni de alternancia“. Zúñiga destacó que cualquier modificación ex post violaría el principio de certeza electoral, pues no existió previamente norma que estableciera dicho criterio.
Delimitación de principios constitucionales
La reforma judicial establece en su artículo 96 y transitorios que “los cargos serán asignados alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer“, pero este principio se refiere específicamente a la integración general de órganos jurisdiccionales, no a la presidencia del máximo tribunal. El constitucionalista Javier Martín Reyes enfatizó que “nos guste o no, le toca presidir la Corte. No es una opinión; es la Constitución“.
Discusión sobre representación indígena
Leonardo Zúñiga planteó una reflexión adicional sobre la representación étnica, recordando que “la persona que obtuvo el mayor número de votos es una persona indígena“. Enfatizó que existen acciones afirmativas para garantizar espacios a pueblos originarios, destacando que “sólo una persona indígena ha sido presidente de la Corte en la historia: Benito Juárez“.